<data xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
<row _id="1"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>17930</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 72 de la Ley de Presupuesto Nacional correspondiente al ejercicio 2005 ? 2009, N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, crea como un órgano desconcentrado dentro del Inciso 02 ?Presidencia de la República?, el programa 484 ?Políticas de Gobierno Electrónico? y la unidad ejecutora 010 ?Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento?. Asimismo, crea dentro de AGESIC un Consejo Directivo Honorario encargado de diseñar las líneas generales de acción, evaluar el desempeño y resultados obtenidos, y determina su integración, así como crea el Consejo Asesor para la Sociedad de la Información, el Consejo Asesor de Empresas, y el Consejo Asesor de Informática Pública.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2005-12-19T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/17930-2005</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="2"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>18172</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 119 de la Ley de Aprobación de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2006, N°18.172 de 31 de agosto de 2007, crea el Consejo Asesor Honorario de Seguridad Informática, así como determina su integración y designación. </DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2007-08-31T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18172-2007</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="3"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>18362</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 71 de la Ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2007, N° 18.362 de 6 de octubre de 2008, establece la representación de AGESIC y el régimen de las dietas de los miembros del Consejo Directivo Honorario.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2008-06-10T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18362-2008</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="4"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>18719</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 149 de la Ley de Presupuesto Nacional correspondiente al ejercicio 2010 ? 2014, N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, crea la Dirección de Seguridad de la Información que albergará al Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (CERTuy) creado por el artículo 73 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008. A los cometidos señalados por la citada norma, se le agregarán los concernientes a asesorar en la definición de políticas, metodologías y buenas prácticas en seguridad de la información en la Administración Pública, así como brindar apoyo en las etapas de implementación de las mismas.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2011-12-27T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18719-2010</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="5"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>18834</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 79 de la Ley de Aprobación de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2010, N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011, faculta al Director Ejecutivo de AGESIC a delegar su participación en los consejos ejecutivos de los órganos desconcentrados de la misma por resolución fundad, pudiendo en todo momento revocar dicha delegación o reasumir personería.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2011-04-11T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18834-2011</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="6"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>18996</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 31 de la Ley de Aprobación de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2011, N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012, dispone que los cometidos y obligaciones asumidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto relativos al acercamiento a la ciudadanía pasarán de pleno derecho a AGESIC, así como los recursos materiales, financieros y humanos afectados, cualquiera sea su vínculo contractual. Asimismo, el artículo 40 autoriza el pago de la partida por alimentación a los funcionarios de la Agencia, mientras que el artículo 44 faculta al Poder Ejecutivo previo informe de la Oficina Nacional del Servicio Civil a presupuestar el personal de AGESIC que cumple funciones en régimen de contrato de función pública provisto por concurso de oposición y méritos.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2012-07-11T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18834-2011</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="7"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>19149</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 73 de la Ley de Aprobación de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2012, N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, dispone que los contratos de función pública pertenecientes a AGESIC, se transformarán a partir de la fecha de su promulgación, en cargos presupuestados de igual escalafón, grado, denominación y serie, estableciéndose el mecanismo de provisión de los mismos. En otro orden, y a través del artículo 74, se atribuye a la Agencia el cometido de informar preceptivamente sobre los planes de desarrollo y adquisiciones informáticas de la Administración Central.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2013-10-24T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19149-2013</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="8"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Ley</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>19355</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 7 de la Ley de Presupuesto Nacional correspondiente al ejercicio 2015 ? 2019, N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, faculta al Poder Ejecutivo a aprobar las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo de las unidades ejecutoras de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, con el dictamen previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas, en el ámbito de sus competencias. Asimismo, el artículo 73 consagra el ?Proyecto Trámites en Línea?, con el objetivo de promover y desarrollar estrategias de simplificación, priorización y puesta en línea de los trámites de las entidades pública que por su naturaleza puedan realizarse por un canal distinto al presencial, asignándole a AGESIC la dirección, gestión y contralor de dicho Proyecto. A su vez, el artículo 74 reconoce el derecho de las personas a relacionarse con las entidades públicas por medios electrónicos, sin exclusión de los medios tradicionales.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2015-12-19T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19355-2015</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="9"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>205/006</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Reglamenta el funcionamiento de AGESIC (el artículo 72 de la Ley N° 17.930).</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2006-06-26T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/205-2006</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="10"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>307/007</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Aprueba el Proyecto de formulación de la estructura organizativa de AGESIC.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2007-08-27T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/307-2007</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="11"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>301/008</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Aprueba la estructura organizativa de AGESIC, y deroga el artículo 4 del Decreto N° 307/007 de 27 de agosto de 2007 así como del Capítulo IV ?Estructura de puestos de trabajo? el numeral 3 ?Cantidad de puestos de trabajo?, contenido en el Anexo 1 de tal Decreto.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2008-06-23T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/301-2008</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="12"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>371/008</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Modifica el Decreto N° 301/008 de 23 de junio de 2008 en lo que refiere a los Anexos 1 y 2 que lo acompañan, sustituyendo los mismos por los que se adjuntan a este Decreto.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2008-04-08T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/371-2008/1</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="13"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>618/008</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Aprueba la estructura organizativa de AGESIC, y modifica el Decreto N° 371/008 de 04 de agosto de 2008 en lo que refiere a los Anexos 1 y 2 que lo acompañan, sustituyendo los mismos por el que se adjunta a este Decreto.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2008-12-12T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/618-2008</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="14"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>451/009</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Aprueba el funcionamiento y la organización del Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (CERTuy). </DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2009-11-28T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/451-2009/1</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="15"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>285/013</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Aprueba el Proyecto de reformulación de las estructuras organizativas y los nuevos puestos de trabajo de las Unidades Ejecutoras 001: ?Presidencia de la República? y Unidades Dependientes?, 004: ?Oficina de Planeamiento y Presupuesto?, 006: ?Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua?, 007: ?Instituto Nacional de Estadística?, 008: ?Oficina Nacional del Servicio Civil?, 009: Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones? y 010: ?Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento?, del Inciso 02 ?Presidencia de la República?.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2013-09-09T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/285-2013/3</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="16"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>92/014</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>Reglamenta lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en lo relativo a la estandarización de los nombres de dominio de la Administración Central, para todos los servicios vinculados con Internet.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2014-07-04T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/92-2014/1</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="17"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>184/015</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 1° del Decreto N° 184/015 de 14 de julio de 2015, recopila las competencias de AGESIC que se encuentran dispersas en múltiples disposiciones normativas así como las que originalmente fueron atribuidas a otras entidades. Asimismo, el artículo 2 crea la iniciativa ?Trámites en Línea?, y se encomienda a AGESIC, dirigir, organizar, estructurar, ejecutar y dar seguimiento a dicha iniciativa. A su vez, el artículo 3 encomienda a AGESIC el cometido de dirigir, organizar, estructurar, ejecutar y dar seguimiento a dicha iniciativa. En función de ello, la Agencia podrá dictar las normas técnicas y regulaciones pertinentes, las que serán de observancia obligatoria para toda la Administración Central. Por último, el artículo 4 establece que a efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 74 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, AGESIC contará con determinados poderes jurídicos. El artículo 1° del Decreto N° 184/015 de 14 de julio de 2015, recopila las competencias de AGESIC que se encuentran dispersas en múltiples disposiciones normativas así como las que originalmente fueron atribuidas a otras entidades. Asimismo, el artículo 2 crea la iniciativa ?Trámites en Línea?, y se encomienda a AGESIC, dirigir, organizar, estructurar, ejecutar y dar seguimiento a dicha iniciativa. A su vez, el artículo 3 encomienda a AGESIC el cometido de dirigir, organizar, estructurar, ejecutar y dar seguimiento a dicha iniciativa. En función de ello, la Agencia podrá dictar las normas técnicas y regulaciones pertinentes, las que serán de observancia obligatoria para toda la Administración Central. Por último, el artículo 4 establece que a efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 74 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, AGESIC contará con determinados poderes jurídicos. </DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2015-07-14T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/184-2015</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="18"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>37/017</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 1° autoriza la transformación de algunos de los cargos vacantes de AGESIC.</DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2017-02-13T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/37-2017</ENLACE A LA NORMA></row>
<row _id="19"><OID>2.16.858.0.0.0.1.0.0.7</OID><INCISO>2</INCISO><UE>10</UE><Nombre Inciso>Presidencia de la República</Nombre Inciso><Nombre UE>AGESIC</Nombre UE><Órgano Desconectrado /><TIPO DE NORMA>Decreto</TIPO DE NORMA><NRO. DE NORMA>231/017</NRO. DE NORMA><DESCRIPCION MINIMA>El artículo 1° del Decreto N° 231/017 de 21 de agosto de 2017, reglamenta lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley N° 19.355, estableciendo que todo nuevo trámite puesto a disposición por parte de las entidades de la Administración Central a partir de la publicación del referido Decreto, deberá contar para todas sus instancias con el canal en línea, además del canal presencial. Asimismo, el artículo 2 dispone que las entidades de la Administración Central deberán cumplir, en el diseño de todo nuevo trámite, con el Modelo de Trámites en Línea y las restantes normas técnicas y regulaciones pertinentes elaboradas por AGESIC. </DESCRIPCION MINIMA><FECHA>2017-08-21T00:00:00</FECHA><ENLACE A LA NORMA>https://www.impo.com.uy/bases/decretos/231-2017</ENLACE A LA NORMA></row>
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